I rafael matamoros martinez

Anuario Jurídico y Económico Escurialense, XLI (2008) 27-48 / ISSN: 1133-3677
La armonización de impuestos
en una europa libre
Juan Antonio MARTÍNEZ MUÑOZ
Resumen: Este artículo propone un nuevo sistema tributario para la
Unión Europea, basado en una diferente concepción del poder político.
Abstract: This article presents a new system of taxes for the European
Union, based on a different conception of the political power.
Palabras claves: Tributos, Libertad, Precios; Nuevo sistema fiscal.
Keywords: Taxes, Freedom, Prices, New fiscal system.
Sumario:
I. Introducción.
II. Presupuestos teóricos.
2.1. El actual sistema tributario. III. La propuesta.
3.1. La agencia tributaria única. IV. Ejemplo.
V. Breve recapitulación.
I. INTRODUCCIÓN
La idea de que inexorablemente hay que pagar los tributos está tan fuertemente asumida por la población de muchos países, desde luego en casi todos los del mundo occidental, que es vista como un hecho natural; la consecuencia más significativa es que los gobier- nos apenas tienen que hacer esfuerzo recaudatorio. Parece incluso mentira que en el pasado el pagar impuestos haya supuesto algo tan En los últimos años se ha ido consolidando la eficacia del sistema tributario por la incorporación de medios informáticos y por el empleo de nuevas habilidades de control social. En efecto, no sólo se han perfilado los dispositivos técnicos que permiten recaudar con precisión, sino, sobre todo, los persuasivos mecanismos propagan- dísticos, hasta tal punto que conducen a una automática y mecánica aceptación de los dictámenes de los expertos en la materia y de los tributos que de el os se derivan. Todo el o ha hecho que el pago de impuestos se vea como una expresión de libertad democrática pese a su carácter impositivo que no admite objeción de conciencia ni deso- bediencia civil, y cuyo incumplimiento está severamente castigado.
En cierto modo el actual estado fiscal es resultado de un proceso de siglos; básicamente se ha consolidado en los últimos 500 años con un constante refinamiento de los procedimientos fiscales paralelo al incremento de la presión fiscal y a la implantación de un determina- do sistema meta-político. Pese a la evidente resignación con que se acepta, probablemente motivada por la idea de que muy poco o nada se puede hacer contra una maquinaria depredadora tan poderosa y represiva, el o no evita que se haga una denuncia constante, por los mismos gobiernos que recaudan tan eficazmente, de la evasión fis- cal. Lo curioso es que no sabemos si realmente es cierta dicha eva- sión, sea como una razonable escapatoria ante un asfixiante sistema extorsionador o como mero fraude al sistema de solidaridad, y tam- poco si se trata tan sólo de un mecanismo más de presión psicológi- ca sobre el contribuyente; de la misma manera que desconocemos si todo el mundo paga los impuestos por igual o determinados indivi- duos especiales tienen algún tipo de «privilegios» tributarios, como l evan a suponer ciertos indicios; impide que lo sepamos la densa No obstante, la actual situación no es del todo satisfactoria. La generalización del tributo (característica del socialismo) oculta la referencia al precio (característica del capitalismo) los efectos más perniciosos de este tipo de ocultación se evidenciaron en la Unión Soviética, pero ahora es algo que la máscara ideológica que se pro- paga con esos mismos impuestos impide ver. La fuerte convergencia de los sistemas tributarios de los países occidentales oculta sus dife- rencias con respecto a otros países del mundo, y puede ser usada como mecanismo de protección de minorías que disfrutan el bienes- tar que proporciona la recaudación forzosa que pagan los débiles.
También esconde, en muchas ocasiones, un fuerte desequilibrio entre regiones de un mismo país, que a veces se denuncia sin que sirva para nada. Ante todo supone una balanza fiscal que produce resultados desfavorables para determinados grupos sociales en fun- ción de una determinada orientación ideológica de los manipulado- res del sistema. La posibilidad que todo el sistema recaudatorio esté al servicio de determinados grupos «mafiosos» que instrumentalizan el estado en beneficio de sus propios intereses, de un confuso entra- mado ideológico económico, no se disipa nunca. Solventar estas dificultades es lo que me l eva a plantear una propuesta «alternati- La propuesta de sistema tributario que formulo se refiere a la Unión Europea debido a que reúne condiciones para una propuesta fiscal innovadora: por una parte es un espacio social relativamente homogéneo en el que, a pesar de esa homogeneidad, hay importantes diferencias culturales y, de otra parte y pese a su larga historia, se encuentra en un proceso de configuración política no cerrado o con- cluido del todo. El reciente fracaso del proyecto de constitución debería abrir las puertas a una perspectiva más innovadora que aquél «iluminado» intento del pasado de modo que esté más en sintonía con la verdadera naturaleza de Europa que se pone de manifiesto en Voy ha exponer la propuesta tributaria brevemente, mostrando con el o su simplicidad; también para evidenciar que constituye por el o una alternativa al enmarañado sistema tributario vigente caracte- LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE rizado por una enorme complejidad, no en vano su correcto aprove- chamiento exige estudios de postgrado y máster especializados, algo que no está al alcance de la mayoría amplia de la población europea.
Creo que debo pedir disculpas por hacer una propuesta tan pre- tenciosa, máxime teniendo en cuenta mis modestos conocimientos de los complejos sistemas fiscales democráticos de la Unión Euro- pea, cuyo funcionamiento está operado por una burocracia tan amplia y tan especializada como bien retribuida, considero que es la más coherente con mi propuesta de estatutos personales y con el modo correlativo de entender la libertad social implicado en los mis- II. PRESUPUESTOS TEÓRICOS
Se trata de una propuesta tributaria referida a la Unión Europea, espacio donde hay una gran complejidad cultural junto con una cier- ta homogeneidad política, si bien podría extenderse con facilidad y adquirir una proyección más amplia, podría abarcar a todo Occiden- te, incluyendo, además de Europa, ambas partes de América, tanto la del Norte como la del Sur. La propongo para Europa porque consti- tuye un espacio geográfico y cultural en el que hay una amplia mul- tiplicidad de organizaciones políticas con sus diferentes perspectivas acerca de los tributos y que, a la par, hace que se mantenga la lucha de las regiones y los Estados por el monopolio tributario. Es también un escenario en el que hay una fuerte estatalización de la economía y de la vida social, pero en el que todavía queda un resto del viejo sen- tido europeo de la libertad que se manifiesta en la libertad de empre- sa, la propiedad y la familia y un vago recuerdo de lo que fue la liber- tad individual. Por lo demás, se encuentra en un proceso de reorgani- zación política que, si no estuviera manipulado, debería estar abierto a nuevas propuestas en todos los campos, incluido el tributario. Un proceso de conformación política similar al que está en marcha en Europa, aunque con menos velocidad que el del viejo continente, se está produciendo en Sudamérica. Pese a que debería ser más sencil o por la mayor similitud cultural, parece claro que si dicho proceso no avanza se debe al sistema de caciques más o menos revolucionarios que esquilma a los pueblos de la América hispana con sistemas tri- butarios similares al vigente en Europa, pero que los pueblos hispa- nos de América no pueden soportar. En los Estados Unidos y Canadá la situación es otra, la mayor libertad social, que proporciona el régi- men de libre mercado y de iniciativa social permite formas incipien- tes de lo que propongo, y, por otra parte, la organización política está más consolidada y no está sometida a un continuo replanteamiento.
Podría parecer que toda discusión sobre los tributos está resuelta con los sistemas vigentes y que carecería, por el o, de sentido hacer una propuesta alternativa; de hecho, l evamos décadas donde en la práctica sólo se retocan aspectos de detal e, eso sí, se hace continua- mente, con una cadencia que produce delicados ajustes de la maqui- naria recaudatoria casi imperceptibles, pero que impiden que cual- quiera pueda conocer cuánto tiene que pagar de impuestos a corto plazo. Nada más lejos de la realidad como, veremos, que esa resolu- ción. El sistema tributario en vigor presenta algunos inconvenientes y efectos perversos que son destacables:1. La capacidad tributaria se ha venido considerando, casi sin discu- sión, como un atributo de la soberanía del Estado moderno, ges- tado en los últimos 500 años, en clara diferencia del mundo medieval, donde prevalece el carácter sinalagmático de las pres- taciones, incluidas las políticas y sus implicaciones económicas.
Es indudable que esa atribución proporciona un enorme poder y riqueza a quienes la detentan, una parte de la cual dedica a la «justificación teórica», con tintes marcadamente propagandistas, del propio sistema depredador. Además va unida a otros monopo- lios semejantes, como el de fabricación de moneda, la administra- ción de justicia, etc., que refuerzan el protagonismo del poder político. La implantación de un sistema tributario necesita un público cautivo que sufrague más que las empresas políticas del poder, que no existen propiamente, el mantenimiento de su esta- tus y su propia persistencia política, especialmente la de la amplia 2. Lo que lo anterior significa en relación con la extensión de los conflictos sociales y políticos es evidente hasta el extremo que sorprende que no haya sido planteado claramente: acentúa el con- flicto exponencialmente. A nadie se el oculta que muchos de los conflictos políticos –la inmensa mayoría–, sean abiertos o laten- tes, proceden de la persistencia o emergencia de poderes públicos que se basan y sustentan, o al menos lo pretenden, en sistemas tri- LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE butarios ajenos a cualquier idea de contraprestación o reciproci- dad. No es difícil imaginar que el que va a detentar la capacidad de apropiarse de bienes ajenos sin contraprestación, esto es, de establecer tributos, compita por el a con formas subversivas de violencia, tales como la huelga, el terrorismo o la revolución.
Sobre todo se hace patente cuando se relaciona con procesos de autodeterminación, a los que el terrorismo no es extraño casi 3. El que los sistemas tributarios tengan carácter impositivo se tra- duce en que resultan ampliamente arbitrarios y también en que buscan la mayor extensión posible; lo que, a veces, l aman uni- versalización para enmascarar su ambiciosa rapacidad, de modo que nada quede al margen ni oculto para el recaudador. Además de una enorme cantidad de fondos económicos, deja en manos del poder político un refinado sistema de control social; el coste en restricción de libertad de un sistema tributario es incalculable.
El hecho de que se haya asumido esa restricción que permite que las viejas protestas contra los diezmos no se produzcan cuando la presión fiscal los cuadriplica se debe a que el propio sistema rein- vierte una parte notable de las inmensas cantidades que obtiene en el mecanismo de persuasión, de cuya eficacia no puede haber duda cuando ha l egado a conseguir presentar al sistema impositi- vo como un hecho natural; algo que sería visto fraudulento de no mediar alucinación. A eso puede deberse, también, el que el nivel de vida y la disponibilidad de bienes y servicios de la renta mar- ginal no conl eve una sublevación de los contribuyentes.
4. El sistema tributario actual tiene un amplio margen de incerti- dumbre, sus límites son sustantivamente indefinidos. Su eficien- cia no es mensurable, pero, sobre todo, su opacidad es más que evidente. No se sabe cuánto pagan los próceres más significativos del país. Aunque hay una lucha de regiones (con el nombre de autonomías) por el reparto del poder que proporciona el sistema tributario que, incluso, se libra a navajazos de terrorismo las más de las veces, no se sabe cuánto paga cada uno de los sectores sociales. Tampoco se sabe, en una sociedad laica, cuánto pagan los sectores neutralizados ni los neutralizadores. Naturalmente esta opacidad es perfectamente compatible con la excesiva abun- 1. Sobre cuyo significado y alcance, económico y político, puede verse mi artí- culo «La autodeterminación», en Anuario de Derechos Humanos, Madrid 2007, vol.
dancia de datos irrelevantes que inundan los publirreportajes de las televisiones, puesto que éstos se facilitan precisamente para ocultar los datos interesantes y los más relevantes. En una demo- cracia el sistema tributario puede ser utilizado como un instru- mento para la compra de votos toda vez que permite actuar políti- camente para hacer suponer a determinados sectores que van a disfrutar de bienes y servicios por los que no van a tener que pagar, sino sólo votar para que los paguen otros, eso sí, sin espe- cificar demasiado quiénes son los otros.
5. Todas esas aberraciones, esquemáticamente expresadas, nos dan idea de la necesidad de una clarificación y simplificación de los mecanismos tributarios que podría lograse con el modelo que propongo para espacios políticos complejos, como la Unión Europea, incluso para el caso de que fueran más complejos aún de lo que ya lo son. También sería conveniente una simplificación del confuso modelo vigente, de manera que fuera comprensible sin necesidad de ser inspector de Hacienda. Creo que el o redun- daría en su mayor justicia, que es a lo que se dirige mi oferta.
Con los impuestos se sufragan determinados gastos, se pagan los precios de determinados bienes, servicios e inversiones, al menos cuando los impuestos no van directamente a los bolsil os de sus ges- tores. En esos gastos se justifica la tributación, aparentemente. Mi pretensión es reducir lo impositivo en beneficio de la libertad, por el o se apoya en las ventajas del precio frente a los inconvenientes del tributo.
1. Debemos tener en cuenta que la expresión de las preferencias económicas puede l evarse a cabo o expresarse básicamente por dos vías diferentes: el precio y el impuesto. El precio formula preferencias personales, el impuesto las colectivas (no las comu- nitarias). Las colectivas o públicas se diferencian de las comuni- tarias, entre otras cosas, porque están fuera del marco que ofrece el mercado, ámbito que las comunitarias presuponen. En una se elige pagando el precio de los bienes, en la otra se obtienen con votos que obligan a los demás a pagar. Ambas son expresivas, a su vez, de dos mundos en cierto modo incompatibles, dos menta- lidades antagónicas, presentes en el espacio geográfico occiden- LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE tal en los últimos siglos: la cultura tradicional europea y la ideo- logía socialista, el «capitalismo» y el socialismo podríamos decir.
2. Mi opinión es que el precio expresa libertad de opción, mientras que el impuesto es contrario a la libertad (como su propio nombre indica), por lo que debe ser restringido, pero aun así parece difícil de eliminar, motivo por el cual es necesario una armonización y simplificación que disminuya la arbitrariedad de su estableci- miento. El tributo va unido a una forma de elección pública que procede de la iluminista teoría roussoniana, en la cual, en vez de pagar individual o comunitariamente el precio de los bienes que se obtienen de los demás, se decide públicamente sin contar con su coste económico real y se impone coercitivamente, como cuando dice Kant que «el ciudadano no se puede negar a pagar los impuestos que le son asignados; incluso una mínima crítica a tal carga, en el momento en que deba pagarla, puede ser castigada como escándalo (pues podría dar lugar a desacatos generaliza- dos)» 2. Consecuencia de esa «bril ante» idea es que en algunas constituciones no se admite la más mínima desobediencia fiscal 3. Debemos considerar que los impuestos se destinan a sufragar bie- nes y servicios que encarga el poder político, en representación de la población de un país, pero que se evalúan en términos de precios a los agentes que suministran esos bienes y servicios.
Efectivamente, en un sistema intervencionista de sanidad públi- ca, por ejemplo, a los médicos que trabajan en los hospitales públicos, bajo las directrices del que ha obtenido más votos en las elecciones, no se les paga con votos, sino con dinero. Ciertamen- te en algún momento del proceso de decisión pública los votos se transforman en dinero, y me temo que, aunque ese trámite no está demasiado estudiado por los economistas, es importante porque señala el paso de la economía socialista a la capitalista, es la fron- tera entre esos dos mundos inconmensurables que, no hace mucho tiempo, estuvieron separados por el muro de Berlín. Más al á de estudiar las condiciones de la traducción o transforma- ción, cuestión que estimo interesante, creo que lo que se nos exige es saber cuándo hay que hablar el lenguaje de la libertad y 2. KANT; I., «Respuesta a la pregunta ¿qué es la ilustración?, en VARIOS AUTO- RES, ¿Qué es la Ilustración?, Tecnos, Madrid, 3.ª ed, 1993 (est. prel. de Agapito cuándo el de la decisión democrática, cuándo y por qué hay que pagar y cuándo y para qué basta votar o continuar por el cauce del anticapitalismo que prolonga en el tributo el impulso de la huelga salvaje, de la subversión, del terrorismo o de la revolución.
4. En relación con lo anterior, formulo mi propuesta con unos pro- pósitos claros:a) Busca inicialmente una reducción del nivel impositivo al mínimo, a aquel ámbito donde sea imposible establecer un precio por un bien o servicio, ello porque el impuesto, en cuanto resulta expresivo de la capacidad coercitiva e impositi- va, es contrario a la libertad humana que aquí se pretende favorecer y reforzar. Por eso mismo admite la existencia de un sistema tributario público, pero sólo de forma transitoria o subsidiaria y tratando de conseguir que sea lo más justo posi- b) Con esta propuesta pretendo que algunas organizaciones de comunidades políticas tengan la posibilidad de ofertar sus ser- vicios en términos de precios más que de impuestos, o dar pri- macía a los precios en vez de a los impuestos, y que otras, a su propia elección, sigan con el sistema de impuestos.
c) Intenta igualmente que cada organización política tenga el res- paldo financiero que proviene de la aportación de las personas que libremente confían en el a, sin imponerla o traspasarla a quienes no están en sintonía con sus pretensiones y no se inte- gran en dicha comunidad; de esta manera estimo que se redu- ciría el aspecto extorsionador del tributo que tanto beneficia al d) Todo el o estimo que redundaría en una significativa disminu- ción del conflicto sociopolítico, puesto que los grupos socia- les, ahora enfrentados por controlar el monopolio del tributo, se tendrían que replantear su actividad y dirigirla a satisfacer las expectativas de las personas que los integren para que no se vayan a otra comunidad que satisfaga mejor sus aspiracio- nes; estas personas podrían, a su vez, evaluar la contrapresta- ción en bienes y servicios a cambio de sus contribuciones mediante la simple comparación con las que ofrecen otras organizaciones similares, algo que no pueden hacer con los impuestos tal y como están ahora establecidos.
LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE Europa, con su rica historia, tiene un complejísimo entramado de instituciones sociales y políticas, difíciles de clasificar. Una caracte- rística común es que todas necesitan financiación para el cumpli- miento de sus fines. Pero no todas se financian del mismo modo y, a este respecto, podríamos establecer tres tipos básicos: las que se financian con la venta de sus productos, las que se financian con aportaciones voluntarias y las que se financian con impuestos. Estas últimas son lo que podríamos l amar instituciones políticas y resul- tan más problemáticas porque, a diferencia de las anteriores, ofrecen prestaciones que no se pueden elegir libremente por los destinata- rios. También porque, dada su diversidad, hay instituciones políticas propiamente europeas, otras estatales, regionales y locales, organis- mos «autónomos», etc., y sus atribuciones –que, repitamos, no se deciden libremente– no están definidas. Efectivamente, no es el mismo el status constitucional de las regiones o los municipios en todos los Estados. Comoquiera que dichas instituciones proporcio- nan un inmenso poder a sus gestores, completamente exento de eva- luación de los resultados en términos económicos, dan lugar a una lucha encarnizada por su control y a una tendencia a la ampliación de competencias, puesto que se aumenta el ámbito recaudatorio sin necesidad de ampliar simultáneamente la productividad.
Me propongo, pues, formular un sistema tributario que reduzca esos conflictos de competencias entre organizaciones políticas sobre la base de vincular la contribución tributaria irreducible a una más amplia capacidad de elección de los contribuyentes de las correspon- dientes organizaciones políticas; lo que indudablemente se traduciría en una evaluación más precisa de su actividad y, sobre todo, en un más amplio margen de libertad, puesto que el ámbito de lo que ahora debe soportar el contribuyente cautivo se reduciría muy significati- vamente.
1. El o exigiría dar entrada a un nuevo tipo de organizaciones políti- cas: Los estatutos personales. Un estatuto personal es una organi- zación política que viene a dar respuesta al hecho de la existencia de una multiplicidad de culturas e ideologías heterogéneas (lo que se llama multiculturalismo). Básicamente se trataría de comunidades culturales o ideológicas (aunque entiendo que la ideología es sólo un sucedáneo parasitario de la cultura debería permitírsele que funcionara políticamente como una cultura), que se organiza políticamente. En consonancia, con el sustrato cultu- ral o ideológico que la sostiene se trata, pues, de una comunidad que no tiene carácter territorial ni impositivo; a el as se debe per- tenecer voluntariamente y no por habitar un terruño. La necesi- dad del reconocimiento de este tipo de organizaciones se justifica no sólo en una exigencia de libertad social mínima, sino también en que, de hecho, hay distintas culturas y que éstas presentan nociones diferentes, que son, por lo demás, inconmensurables, de lo que debe ser la solidaridad, la cultura, la moral, de lo que depende de la libre iniciativa individual o de la organización polí- tica, de la forma en que debe gobernarse, etc.
2. La característica básica de dichas organizaciones es que gestiona- rían sus propias culturas o ideologías como una empresa privada, propia de una determinada comunidad, de la que no participan personas ajenas o contrarias a dicha cultura o que simplemente tienen otra diferente. El o permite a cada comunidad adoptar su propia forma de gobierno, lo cual es inherente a la necesidad de definir la propia cultura y sus implicaciones políticas, las reglas morales, los modelos institucionales, de familia, etc., toda vez que hay que partir de una sociedad multicultural, o al menos plu- ralista, en la que una de las principales características es la incon- mensurabilidad de los bienes en concurrencia y que exige evitar que una cultura o ideología se imponga de tal modo a otras que las anule y l egue a provocar su extinción o, lo que es en cierto modo equivalente, su neutralización política.
3. También se caracteriza porque dichas entidades deberían gestio- nar lo que ahora se l ama estado del bienestar, solidaridad o dere- chos de la «segunda generación, dado que sobre su alcance tam- poco existe una idea compartida, como se expresa en la ambigüe- dad de esas nociones, algo que además posibilita su utilización dominadora. Como no existe una única formulación de los mis- mos no deben ser gestionados por la misma organización política, sino abrir la puerta a la libre formación de este tipo de organiza- ciones. En consecuencia con el o, dichas comunidades deberían contar con su propio soporte financiero. Dicho soporte financiero puede tener algo en común con las demás organizaciones políti- cas, pero también tiene que dejar lugar a los aspectos diferencia- les y característicos de una cultura o ideología y a su repercusión económica. Es, pues, lo que pretendo conjugar con la propuesta LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE III. LA PROPUESTA
La modesta propuesta busca articular el sistema tributario que considero más justo desde una perspectiva realista; conjugando exi- gencias de igualdad en la definición de los impuestos con las legíti- mas diferencias de cada organización política y el espacio de libertad que reclaman. A la par se busca la simplificación del sistema, estimo que así resultaría más eficiente que los modelos actualmente vigen- tes; necesariamente, se traduciría en una mayor transparencia. Se apoya en un reducido número de instituciones que a continuación se Se trata de que una única agencia tributaria recaude los principa- les tributos y los reparta a las diversas organizaciones políticas: Unión Europea, Estados, regiones, estatutos, municipios. Igualmen- te se necesita una legislación uniforme sobre los hechos imponibles y sobre servicios mínimos y máximos que pueden proporcionar las diferentes organizaciones políticas (dada la existencia de múltiples organizaciones políticas debe definirlo la más amplia posible, que sería el Parlamento de la Unión Europea, en la que todos deben estar representados a título individual); también debería definir las com- petencias básicas de las diferentes entidades, de modo que un muni- cipio, por ejemplo, no pueda asumir competencias de defensa que tiene un Estado con la pretensión de pagarlas mediante tributos.
Igualmente todos los tributos deben tener una conexión entre sí que permita su recíproca conversión, de modo que funcionen como un La propuesta parte del establecimiento de una agencia tributaria única para toda Europa. Con el o se pretende que el sistema recauda- torio no discrimine y, también, que se evite el fraude. Esa agencia se encargaría de recaudar los tributos de las diferentes organizaciones políticas concurrentes en el espacio europeo u occidental. Al ser única debe ser independiente de cualquier organización política; estimo que es algo fácil de conseguir debido a que gestionaría los intereses de todas, de modo que ninguna organización política podría tener interés en un incorrecto funcionamiento de dicha agencia. La propia agencia tampoco tendría un interés especial en recaudar al margen de la ley, dado que no es la beneficiaria de los tributos que recauda. El o implicaría una base importante de igualdad, compati- ble con la diversidad cultural y de organizaciones políticas. Esta igualdad va implícita en la misma noción del sistema tributario. Por otra parte, esta agencia debe ser independiente de cualquier otra organización política, aunque su funcionamiento debería estar super- visado por algún organismo comunitario, y, desde luego, sus actos particulares sometidos a revisión ante los tribunales (más o menos como está ahora en los distintos Estados).
Dicha agencia debería actuar con arreglo a una ley unitaria a la hora de definir los tributos, los hechos imponibles y las rentas, las exenciones, los mínimos personales, etc. Es decir, todo el proceso hasta l egar a fijar la base imponible. No parece que esto revista especial dificultad dado que algo similar existe en todos los países europeos, el único inconveniente que habría que salvar sería unificar los supuestos y los procedimientos, algo que debería establecerlos el Parlamento Europeo para toda la Unión. Por su parte, las distintas organizaciones políticas podrían establecer los tipos de gravamen, sobre la base imponible fijada por al Unión Europea, para sus miem- bros. Las cantidades recaudadas pasarían inmediatamente a las correspondientes organizaciones políticas.
Teniendo en cuenta que se limitan los tributos al í donde no cabe elegir un bien o servicio mediante precios y donde se contribuye de manera coactiva, que debe ser igual para todos y la mínima posible, parece adecuado limitar también el número de tributos. Naturalmen- te es posible que algunos tributos, como los locales no pudieran ser recaudados de manera eficiente por dicha agencia, de modo que su tarea podría limitarse a los tributos fundamentales, como los relacio- nados con la renta, el valor añadido, el beneficio de las sociedades y otros similares, dejando los restantes reducidos a tasas o precios públicos que cobrarían las entidades que presten los servicios corres- Ciertamente el funcionamiento de esa agencia tiene un coste, que hay que hacer que sea lo más reducido para un funcionamiento razo- nablemente seguro y eficiente. El que se trate de una agencia tributa- ria única es compatible con la subasta de los servicios recaudatorios entre un conjunto de agentes particulares por períodos de tiempo determinados. Sin duda esto reduciría notablemente los costes de recaudación, pero, sobre todo, el procedimiento recaudatorio dejaría de ser un arma en manos de los gobiernos, dejaría de poder ser utili- LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE zado como una amenaza latente sobre determinadas personas, como Para evitar la excesiva complejidad del sistema tributario sería conveniente establecer un grupo de tributos básicos y dejar otros, los de menor entidad, al cobro de precios por los servicios. Con esos tri- butos básicos las diversas entidades u organismos pueden l evar a cabo políticas redistributivas entre sus miembros, sin necesidad de Aunque es posible grabar tributariamente diversas formas de riqueza, el más razonable, o al menos habitual, es la renta de las per- sonas. A el a se pueden convertir las demás formas de riqueza, sea ésta procedente del trabajo, de beneficios, de actividades económi- cas, profesionales, artísticas, procedente del patrimonio, del ahorro, de la inversión, de herencias, de donaciones, de juegos, etc.; prácti- camente de cualquier tipo. El o hace del impuesto sobre la renta un tipo adecuado al poder establecerse sobre las diferentes fuentes de renta, unificando a todas las de una misma persona. Como ya se ha mencionado, para que haya igualdad, sería preciso fijar una base imponible única, que debe incluir todos los rendimientos. La base imponible única debe evitar exenciones y casuísticas dado su carác- ter igualitario. Sobre esa base imponible única se establecerán los tipos de tributación de las diferentes organizaciones políticas super- puestas; básicamente serían cinco, uno fijado por la unión europea, otro por el Estado, otro por la región, otro por el estatuto y otro por el Igualmente la legislación común debería fijar el mínimo perso- nal, igual para todos, que dote de una cierta progresividad al impues- to, pero no así el familiar, dado que hay diferentes modelos de fami- lia, de manera que la ayuda a la familia debería depender del gasto de cada una de las organizaciones políticas; lo mismo debería ocurrir con todo tipo de exenciones y deducciones, como las ayudas a la adquisición de vivienda o promoción de determinadas empresas; deberían l evarse a cabo por la vía del gasto en las comunidades polí- ticas voluntarias. De este modo los contribuyentes seleccionarían las entidades a las que van sus impuestos en función de las prestaciones El principio de valoración de la renta de los bienes, sean muebles o inmuebles, de cualquier forma de patrimonio en definitiva, podría consistir en un porcentaje sobre su valor de mercado. La determina- ción del valor de mercado debería abandonar los complejos y arbi- trarios sistemas de tasación o peritación y pasar a ser simplemente declarado por el contribuyente bajo condición de expropiación del mismo por la Agencia tributaria, obviamente previo requerimiento para que se declare su valor real, si estima que se ha declarado por debajo de su valor; también podría actuar la Agencia bajo denuncia de cualquier ciudadano sobre la discordancia entre el valor declarado y el valor real. La agencia debería, a su vez, proceder a venderlo a coste de adquisición, descontando los gastos, y debiendo pagar el evaluador la diferencia entre el coste de adquisición y el de venta en caso de que éste resultase negativo y recibiendo un porcentaje de su venta en caso de que resultase beneficiosa para la Agencia Tributa- ria. Es fácil ver que, de este modo, tanto los procedimientos como la burocracia disminuirían significativamente.
Podría parecer que lo anteriormente dicho sólo vale para el impuesto sobre la renta, y sería inaplicable a los impuestos al consu- mo dado que no sabemos dónde se gasta, en qué y por quién y por- que la multiplicidad de transacciones impediría un control efectivo y una distribución proporcional a las diferentes entidades políticas. En realidad presenta una enorme sencil ez. De un lado, porque la mayor parte de los Estados tienen ya establecido ese impuesto en condicio- nes muy similares; por otra parte, al unificarlo el fraude se reduciría.
El impuesto relativo al consumo se puede establecer por referen- cia al impuesto sobre la renta. Para ello basta relacionar el total recaudado por el impuesto sobre el consumo con el total recaudado por el impuesto sobre la renta, lo que nos da un coeficiente que per- mite la distribución proporcional a las diversas organizaciones polí- ticas de lo recaudado, suponiendo niveles equivalentes de renta y de consumo que, en términos generales, se dan de hecho. Lo más con- veniente sería un tipo único para todo tipo de bienes y servicios, eli- minando los tipos reducidos, aunque nada impide que haya varios tipos siempre que estén bien definidos los productos que pagan a LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE cada uno de los tipos de gravamen. Igualmente debería estar regula- do por una ley uniforme del Parlamento de la Unión Europea.
3. Impuesto sobre beneficios de sociedades Parece razonable que los beneficios que proporcionan las socie- dades sólo tributen cuando se realizan en forma de renta, cuando se convierten en renta disponible, de modo similar a los intereses del ahorro; lo que permite someterlos al mismo régimen de gravamen que el resto de la renta. Se puede someter el ahorro y la inversión a un control, al menos en lo que respecta a sus rendimientos, de intere- ses y de beneficios, pero sólo para garantizar que se integran en la La posibilidad de que se repartieran de manera fraudulenta, por vías opacas o ajenas al control oficial, exigiría la valoración patrimo- nial de las inversiones y la conversión en renta de un porcentaje de las mismas, de modo similar a como se ha visto que se puede hacer con los inmuebles. El o permite, de paso, tener en cuenta las plusva- lías y minusvalías de esos activos patrimoniales.
Es posible que, como ya se ha señalado, otros tributos no pudieran ser recaudados eficientemente por esta agencia, generalmente son tri- butos menores, la consecuencia es que deberían ser reducidos a pre- cios, sobre todo en el caso de que interfirieran con los tributos más importantes, o establecerse conforme a una legislación igualitaria.
El caso de los tributos especiales, sobre bienes de lujo, hidrocar- buros, aranceles aduaneros, etc., que no son fáciles de integrar en la renta de las personas, dado que graba la actividad de compañías importantes, podría ser regulado mediante leyes igualitarias. Pero el problema de la distribución debe ser resuelto de forma similar a como hemos visto con el impuesto sobre el valor añadido.
El gasto de lo recaudado mediante impuestos cobra, desde esta perspectiva, mayor importancia. Por la vía del gasto cada organiza- ción política debería compensar en detal e lo que la generalidad del sistema tributario no permite tomar en consideración, hacer las dis- tinciones y discriminaciones que no se pueden hacer con el proceso recaudatorio. Los contribuyentes deberían evaluar a qué organiza- ción se asocian teniendo en cuenta básicamente sus prestaciones, el grado de cumplimiento pasado y la fiabilidad de las promesas para el futuro. El hecho de que los contribuyentes pudieran cambiar de orga- nización que posibilita la existencia de Estatutos personales consti- tuiría un mecanismo adecuado para lograr la eficiencia de los mis- mos. En el caso de organismos en que es más difícil la elección debería determinarse el gasto de manera democrática.
IV. EJEMPLO
Voy a exponer un ejemplo que estimo clarificador de la propues- ta que he formulado anteriormente. Para el o se simplifica al máxi- mo, sin entrar en detal es técnicos que considero innecesarios para comprender la idea (como el establecimiento de un mínimo de renta personal exento), aunque sí sería necesario precisar de modo similar a como ya lo está en la mayoría de los países.
Supongamos que ésta fuera la declaración anual de la renta de un ciudadano medio ante la Agencia Tributaria europea. Aunque está expresada esquemáticamente se puede ver que es muy similar a la que ahora se presenta ante los diferentes Estados miembros.
EJEMPLO DE CONTRIBUYENTE MEDIO
LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE La diferencia estriba en que aparecen diferentes tipos impositi- vos, fijados por las instituciones representativas o de gobierno de las diferentes entidades políticas de las que una persona forma parte. La Agencia Tributaria europea sólo tendría que recaudar dichas cantida- des y entregárselas a las correspondientes organizaciones, ante las cuales las personas podrían reclamar ulteriormente las correspon- dientes prestaciones de servicios, sanitarios, educativos, pensiones, ayudas, etc. El Parlamento Europeo, la Asamblea Legislativa de cada Estado, municipio, región o estatuto, simplemente debería comunicar antes de finalizar cada año el tipo impositivo que fija para La propia Unión Europea y los Estados podrían corregir con sus políticas, de obras públicas, de defensa, subvenciones, etc., las dife- rencias de recaudación entre regiones o municipios ricos y pobres, Todas las organizaciones políticas estarían igualmente interesa- das en evitar el fraude en la base imponible, lo cual ayudaría enor- memente a reducir la falsedad de las transacciones; es lo que se con- sigue con una agencia recaudatoria y con modelos tributarios únicos.
La decisión tributaria, fijación del tipo de gravamen, de las enti- dades territoriales debería ser democrática dado que una persona no puede cambiar su pertenencia tan fácilmente como podría hacerlo de un estatuto personal a otro. La decisión de los estatutos personales debería decidirse conforme al sistema de gobierno establecido en los mismos. En todo caso la actual lucha por el control del monopolio del tributo se desplazaría a atraer a las personas a la propia organiza- El reparto de los tributos procedentes del impuesto sobre la renta daría lugar a algo similar a lo siguiente: ENTIDAD CONTRIBUYENTES
RECAUDACIÓN
A su vez el impuesto sobre el valor añadido o sobre el consumo y los impuestos especiales se atribuiría en proporción a lo asignado a cada comunidad por sus miembros en el impuesto sobre la renta, con arreglo al coeficiente indicado; implicaría que cada comunidad u organización política recibiría de el os lo mismo que por el de la renta, pero, en estos casos, corregido con el coeficiente de la relación entre la recaudación total de ambos tributos.
Ciertamente, la implantación del sistema tributario quizá exigiría también algunas leyes sobre competencias propias de los Estados, los municipios o las regiones, de manera que no se obstaculicen recí- procamente unos a otros, de modo que se debería evitar que se super- pongan servicios mantenidos o prestados con impuestos. Todo el o redundaría en una mayor integración europea. Respecto a los estatu- tos personales los estados territoriales deberían permanecer con LAARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS EN UNA EUROPA LIBRE carácter subsidiario, cobrando el os la cuota correspondiente siem- pre y cuando las personas no optaran por integrarse en organizacio- nes políticas de solidaridad voluntarias o salieran de el as para prote- ger así frente a un infortunio ocasional. También haría que los esta- dos personales trataran de conseguir una mayor eficiencia.
V. BREVE RECAPITULACIÓN
Se ha dicho, se repite con frecuencia, que el sistema tributario debe basarse en la capacidad y el gasto público en función de las necesidades, lo que no deja de tener resonancias marxistas. Estimo que, ante todo, ambos deben ser compatibles con la justicia y la libertad, para eso propongo mi modelo, cuyas precisiones técnicas considero que no plantean especiales problemas. Ante todo permite el desarrol o del máximo grado de libertad social y política, que el sistema tributario vigente cercena, y también posibilita una mayor Desde esta perspectiva algunos tópicos que han l egado a ser cli- chés del «Derecho» tributario se derrumbarían, la maquinaria buro- crática menguaría, el control y la presión política sobre los contribu- yentes se reduciría, el o a pesar de ser necesario un sistema de san- En cierto modo, al interrelacionar los tributos se integran, éstos funcionarían como una especie de impuesto único que engloba la diferente capacidad contributiva, las diferentes actividades dispositi- vas de esa renta y que tiene en cuenta también la pertenencia a un solo espacio geográfico homogéneo y, a la par, a diversas comunida- des políticas superpuestas, posibilitando la elección de algunas de el as en función de las preferencias de solidaridad o ideológicas y culturales. Al integrar, a su vez, a todas las organizaciones políticas, la principal consecuencia estaría en la reducción del fraude fiscal y, sobre todo, del conflicto político junto al ya señalado aumento de la Naturalmente si la propuesta pareciera demasiado pretenciosa para Europa se podría limitar a España, cuyo sistema político y tri- butario es fuertemente inconsistente, probablemente daría una solu- ción satisfactoria a los desacuerdos ahora existentes entre las regio-

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